martes, abril 30, 2024

Comienza a regir la nueva Ley de Alquileres: cómo serán los nuevos contratos

A partir de este miércoles comienza a regir la nueva Ley de Alquileres. Cómo serán los nuevos contratos.

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A partir de este miércoles comienza a regir la nueva Ley de Alquileres, es decir que los contratos que se firmen a partir de esta jornada se regirán por la nueva norma aprobada por la Cámara de Diputados de la Nación el pasado 11 de octubre.

En ese sentido, la normativa impulsada desde Unión por la Patria (UxP) es en la moneda en la que se publican los inmuebles, el periodo de actualización de los precios mensuales y el método con el cual se calculan los mismos.

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Es que, en los últimos meses, los propietarios implementaron como una metodología común que los valores de los alquileres fueran dados a conocer en dólares, alegando resguardarse de la crisis cambiaria.

En ese marco, la nueva Ley de alquileres establece que el precio de los inmuebles debe ser publicado en la moneda nacional, al tiempo que prohíbe que se utilicen otros tipos de cambios.

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Además, el texto establece que la actualización de los precios, a diferencia de la reglamentación anterior, que era con un ajuste anual, se llevará a cabo cada seis meses, por lo que los inquilinos deberán afrontar dos incrementos por año.

Por último, la nueva Ley de alquileres establece que los aumentos en los contratos locatarios serán a partir del Índice Casa Propia, una fórmula elaborada por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Habitat aplicada a las cuotas de los créditos Procrear.

Este coeficiente tiene en cuenta el menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período”, explican los fundamentos de la normativa y agrega: “Al reconocer que el aumento de los salarios puede variar según la rama de actividad, incorpora el Coeficiente de Variación Salarial con un aforo del 0,9”

De esta manera, la fórmula Casa Propia es una modalidad superadora de actualización de las cuotas, ya que tiene en cuenta el promedio de los últimos doce meses en lo que respecta a la variación salarial (CVS), y no la variación de un único mes. “Se promueve una mayor estabilidad en la actualización de las cuotas”, explicaron desde la Agrupación Inquilinos Agrupados.

En concreto, el cálculo del coeficiente Casa Propia se basa en información oficial pública y será comunicada en la página web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, mientras que, el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) surge de información brindada por Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).

Ley de Alquileres: Cómo calcular el Índice Casa Propia

Una vez publicado el índice en la web del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, se puede realizar el cálculo del aumento del alquiler tomando los valores del coeficiente Casa Propia de los últimos seis meses y multiplicarlos entre sí. A ese resultado habrá que multiplicarlo por el número de la cuota de alquiler vigente.

Por ejemplo, en los últimos seis meses los índices de Casa Propia arrojados fueron los siguientes: 1.0522 x 1.0557 x 1.0558 x 1.0571 x 1.0576 x 1.0628. Una vez multiplicados entre sí, el resultado arrojado es el siguiente: 1,3773.

Por lo tanto, si una persona pagaba un alquiler de $80.000, valor fijado hace seis meses, deberá multiplicar dicho valor por el resultado del Índice Casa Propia, es decir 1,3773. El resultado será una nueva cuota de alquiler de $110.000.

Ley de Alquileres: los puntos clave

  • Mantiene los tres años de duración de los contratos y establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios.
  • El índice para la actualización del precio es el coeficiente de “Casa Propia” utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
  • El precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional, así como la publicidad del precio de las locaciones de inmuebles no puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
  • Se incorporó un incentivo fiscal relacionado al monotributo, al disponer que los “ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
  • Las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación.

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