sábado, noviembre 9, 2024

Jubilados piden la inconstitucionalidad del veto de Milei a la Ley de Movilidad

Dos jubilados se presentaron de manera particular ante la Justicia para pedir la inconstitucionalidad del veto de Javier Milei a la fórmula jubilatoria.

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Dos jubilados se presentaron este martes de manera particular ante la Justicia para pedir la inconstitucionalidad del veto presidencial de Javier Milei a la Ley de Movilidad Jubilatoria, sancionada semanas atrás por la Cámara de Senadores de la Nación.

En ese sentido, con el patrocinio de los abogados Andrés Gil Domínguez y Eugenio Semino, ambos jubilados presentaron una acción para que se declare la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia (DNU) N° 782/24, mediante el cual el Ejecutivo vetó la Ley 27.756 que disponía modificaciones a la fórmula jubilatoria.

En efecto, el escrito advierte que el con el veto la administración libertaria afecta “el derecho a la seguridad social respecto de la movilidad y compensación de las prestaciones jubilatorias”, establecido en la Constitución Nacional. Por lo que para los jubilados, el decreto es “inválido” ya que carece de fundamentación.

En detalle, los jubilados realizaron apreciaciones técnicas sobre la fórmula aprobada semanas atrás por la Cámara Alta, así como de la compensación extra del 8,1% que incorporaba la normativa y que eliminaba la potestad discrecional del Poder Ejecutivo en establecer el monto de los bonos.

De esta manera, los accionantes alegaron que el veto presidencial sobre la fórmula jubilatoriavulneró derechos constitucionales como el derecho a la seguridad social respecto de la movilidad y compensación de las prestaciones jubilatorias”, presente en el artículo 14 “bis” de la Constitución Nacional.

Asimismo, los jubilados remarcaron que el veto de Milei afecta el artículo 9 del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales y el artículo 17 de la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores.

A su vez, el veto presidencial vulnera el principio de razonabilidad, artículo 28 de la Constitución argentina, el principio de progresividad y no regresividad del sistema de derechos, artículo 75 inciso 22 de la Constitución argentina.

En ese marco, los jubilados solicitaron a la Justicia que se haga lugar a la demanda y que se declare la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Decreto 782/2024, ordenando al Poder Ejecutivo Nacional que promulgue el proyecto de ley registrado bajo el N° 27.756”.

Vale recordar que, la semana pasada, el oficialismo logró con 153 votos positivos, 87 negativos, 8 abstenciones y 8 legisladores ausentes blindar en la Cámara de Diputados de la Nación el veto presidencial a la nueva fórmula jubilatoria.

La conversión de 7 diputados de la Unión Cívica Radical (UCR) respecto a junio pasado, cuando se aprobó la media sanción del proyecto, permitió que La Libertad Avanza (LLA) bloqueara los dos tercios de los presentes que necesitaban la oposición para insistir con la fórmula jubilatoria.

Veto Milei: cómo era la fórmula de movilidad jubilatoria

En concreto, el proyecto establece una actualización mensual de la fórmula jubilatoria, en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC) combinado con la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Además, la nueva fórmula jubilatoria incorpora una compensación extra del 8,1%, debido a que la administración libertaria otorgó un incremento del 12,5% que no cubrió el 20,6% de inflación que hubo en enero pasado, así como una recomposición a los fondos jubilatorios adeudados a las provincias por parte de Nación por una suma de $703.515 millones.

De esta forma, el Senado establece que el haber mínimo garantice la cobertura de la canasta básica del adulto mayor. Durante el debate, para aminorar el desequilibrio de las cuentas públicas que implicaría la recomposición de las jubilaciones, el oficialismo insistió en que la nueva fórmula jubilatoria se aplique a partir de julio. Sin embargo, la oposición exigió que sea retroactivo desde febrero, algo que finalmente se impuso.

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