jueves, mayo 16, 2024

Entra en vigencia el DNU de Javier Milei: uno por uno los cambios que introduce

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) dictado por el Gobierno de Javier Milei, entra en vigencia este viernes. Uno por uno los cambios que introduce.

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El decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de desregulación económica, dictado por el Gobierno de Javier Milei, entrará en vigencia este viernes sin que la Justicia haya aún dado curso de manera favorable a reclamos de medidas cautelares que lo suspendan.

Es que, en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires, se radicaron alrededor de 25 recursos de amparo presentados por organizaciones sociales y sindicales, abogados constitucionalistas y ciudadanos particulares, para pedir la inconstitucionalidad del DNU de Milei.

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Sin embargo, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Esteban Furnari, rechazó disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque “al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)”.

En ese marco, cumplidos los ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial, que se cumpliarán este viernes a la noche, comenzarán a regir los cambios desregulatorios de la economía incluidos en los 366 artículos del DNU.

En ese sentido, el DNU de Milei introduce cambios en las recetas médicas, en la acreditación del sueldo en billeteras digitales, en la compra y venta de autos, en el régimen de las tarjetas de crédito, la Ley de Alquileres, las retenciones y la compra y ventas de tierras, entre otros.

“Diseñamos un plan de estabilización de shock que comprende un programa de ajuste fiscal, una política cambiaria que sinceró el tipo de cambio al valor de mercado y una política monetaria que incluye el saneamiento del Banco Central”, había señalado Milei durante un mensaje grabado de 15 minutos, el miércoles por la noche.

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Si bien, el DNU modifica cientos de leyes, el propio Presidente hizo un punteo de las 30 principales medidas y arrancó por la derogación de la Ley de Alquileres. “Para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea“, dijo Milei.

En concreto, el DNU sostiene que “los inconvenientes y penurias que el exceso de regulación normativa han aparejado en las convenciones privadas, especialmente en los contratos de locación de viviendas, es un hecho público y notorio, con graves consecuencias tanto para locadores como para locatarios y la virtual destrucción del mercado inmobiliario”.

En forma concordante, deviene imprescindible la derogación de la nefasta Ley de Alquileres N° 27.551“, establece el DNU y explica: “Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes, el locatario no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el contrato”.

A su vez, el DNU remarca que “las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres, será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres”.

De esta manera, desde este viernes a la noche, deja de tener efecto la Ley de Alquileres sancionada en 2020 y modificada en octubre de este año. No obstante, el DNU modifica también el Código Civil, y borra los plazos mínimos de alquiler, que era de dos años. Por lo que, ahora, inquilino y propietario deberán negociar sin que esté especificado el tiempo, el tipo de moneda y sin reglamentación para los ajustes y actualizaciones.

En cuanto al consumo, ya eliminado el programa Precios Justos, el DNU realiza una cirugia mayor en los controles de precios, a través de la derogación de la Ley de Abastecimiento y de Góndolas, dos cambios que se verán en los comercios de cercanía.

La primera, sancionada durante el tercer mandato de Juan Domingo Perón, habilitaba al Estado, hasta este jueves, intervenir en los mercados, fijar precios máximos y, eventualmente, sancionar a las empresas cuando lo considere necesario por acaparar mercadería o remarcar precios. A su vez, la normativa produce márgenes máximos de ganancias para las empresas de comestibles.

En ese sentido, en un escenario de oligopolios de alimentos, la Ley de Abastecimiento tenía como objetivo otorgar herramientas al Estado para intervenir en aquellos casos donde los grandes supermercados producen situaciones de desabastecimiento o escasez de productos por la especulación de los aumentos.

Un antecedente ampliamente citado de aplicación de esta ley fue en 2011, cuando el entonces secretario de Comercio, Guillermo Moreno, dictó una resolución contra la petrolera Shell para que retrotraiga los aumentos de naftas en los surtidores, algo que determinó bajo el amparo de esa normativa.

En tanto, la Ley de Góndolas, propuesta por la ex diputada, Elisa Carrió, y sancionada a principios del año 2020, buscaba estimular la variedad de marcas de un mismo producto para evitar conductas monopólicas. En concreto, la misma determina de qué manera los productos deben ser ordenados en los supermercados, teniendo una superficie superior a 800 metros cuadrados.

A su vez, bajo los lineamientos de Milei de desregular en su totalidad el mercado, la Secretaría de Comercio e Industria dejará sin efecto el Observatorio de Precios creado en 2015 por el entonces ministro de Economía, Axel Kicillof.

El mismo tenía como objetivo, según los fundamentos de la norma, “monitorear, relevar y sistematizar información de precios y disponibilidad de insumos, bienes y servicios producidos, comercializados y prestados en el país”.

Cambios en las tarjetas de crédito por el DNU de Milei

Desde los primeros minutos del sábado también habrá cambios en el consumo en las tarjetas de crédito. El punto más importante estará en las tasas y los recargos, ya que hasta este jueves, los emisores de las tarjetas no podían cobrar a los comercios tasas superiores al 3% como comisión por las transacciones con crédito y de 1,5% por las que se realicen con débito.

Sin embargo, el DNU borró los topes existentes y estableció que “la entidad emisora deberá obligatoriamente dar a conocer el público la tasa de financiación aplicada al sistema de Tarjeta de Crédito”.

También, el decreto de Milei derogó el artículo que fijaba topes a los intereses punitorios, los que rigen si la persona no llega a saldar ni siquiera el pago mínimo, por los atrasos en la cancelación del resumen.

Hasta el jueves, los bancos no podían cobrar más del 50% de la la tasa de interés compensatorio. No obstante, a partir de ahora, ese límite se borra, por lo que las entidades podrían cobrar más caro los atrasos. Además, el DNU eliminó la obligatoriedad de que el emisor de la tarjeta les informe a los usuarios y proveedores cambios sobre los contratos.

Salud: cuota de las prepagas, recetas electrónicas y genéricos

El DNU del presidente Javier Milei también desregula la medicina prepaga, debido a ello, las empresas no tardaron en adelantar a sus afiliados los aumentos en las cuotas en el orden del 38% al 42%.

A su vez, el DNU modifica la ley 25.649, de especialidades medicinales, retirando del texto los puntos que hasta ahora habilitaban al médico, además de prescribir la receta por nombre genérico de la droga, a poner, si así lo prefería, una marca comercial. Ahora solamente podrá recetar el genérico.

Esto quiere decir que la marca del remedio que el paciente adquiera se definirá en el mostrador, con el menú que el farmacéutico le brinde a su cliente. Amén de que, más allá de no poder ya el profesional de la salud oficializar una marca en la receta, quiera realizar la recomendación de manera informal en el consultorio.

En cuanto a las farmacias, el DNU cambia el artículo 1, que si bien dice que los remedios sólo se pueden vender en farmacias habilitadas, ya no contiene la parte que afirmaba que la venta de medicamentos “fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia”, con consecuencias penales.

Por la medida, la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), que nuclea a los farmacéuticos del país, se moviliza y cierra las persianas durante una hora este viernes. “Con el argumento falso de bajar el precio de los medicamentos, el DNU lleva a la destrucción de la profesión farmacéutica, minando 20 artículos de la Ley 17.565 de ejercicio profesional”, denunciaron.

Trabajo: reducción de indemnizaciones, límites a la huelga y período de prueba

A través del DNU, el presidente decretó una reforma laboral con más de 40 cambios que flexibilizan leyes. Una de las principales modificaciones es la reducción de las indemnizaciones ya que, “la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual”, lo que excluiría beneficios como bonos anuales, ticket canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos.

Desde última hora del viernes, la extensión del período de prueba pasa de 3 a 8 meses, por lo cual el empleado podrá ser despedido sin derecho a indemnización en ese lapso. También eliminan todas las multas establecidas por ley que el empleador debe pagar al trabajador afectado para la falta de registro de la relación laboral o su registro irregular.

En cuanto a las huelgas, el DNU incorpora restricciones: habilita el despido con justa causa en caso de bloqueos o tomas de establecimiento durante medidas de acción directa que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran, se impida o obstruya el ingreso o egreso de personas y se ocasiones daños en personas o bienes de la empresa.

Además, a las actividades esenciales (salud, energía, aeronáutica, telecomunicaciones, comercio exterior) les dicta que deberán prestar servicios mínimos con una cobertura del 75% de la prestación normal, mientras las actividades o servicios de “importancia trascendental” deberán garantizar el 50% (transporte, industria, bancos, alimentos, exportaciones).

DNU de Milei: texto completo

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