lunes, octubre 14, 2024

Senado bonaerense: las leyes clave que impulsó el Frente de Todos en el 2022

Los senadores del Frente de Todos hicieron un balance de la actividad parlamentaria del 2022. Los detalles de las leyes clave.

En vísperas de un nuevo Año Nuevo, desde el bloque de senadores provinciales del Frente de Todos salieron a destacar la sanción de leyes clave como la de Alcohol Cero al Volante, de Identidad de Origen y la declaración de la Emergencia Económica Financiera y Tarifaria para las empresas recuperadas, entre otras iniciativas.

A modo de evaluación de la actividad en la Legislatura bonaerense durante el 2022, la bancada que preside Teresa García resaltó la creación de un fideicomiso dentro del programa “Desendeudadas” que brinda respuestas a la situación que atraviesan las mujeres que tuvieron que pedir préstamos para sostener a sus familias.

Además, los senadores del Frente de Todos mencionaron la jubilación para los trabajadores de Astillero Río Santiago y la ley de “Vino Buenos Aires“, que contempla distintas medidas para promover la producción, el enoturismo, el trabajo y el comercio vitivinícola de la provincia.

En este sentido, los legisladores también subrayaron la adhesión a la Ley Nacional de Oncopediatría; la de regulación en el territorio de la Provincia del uso, depósito y comercialización de pirotecnia; y la modificación a la Ley 13.133 consumidores y usuarios relacionado a sanciones e infracciones, incorporando la figura de consumidores hipervulnerables como adultos mayores o infancias.

En la evaluación de la gestión legislativa de este año, que hizo especial énfasis en el logro de los acuerdos tanto políticos como técnicos, la bancada oficialista ponderó el proyecto de Infancias Respetadas, que busca prevenir la violencia y discriminación ejercida contra las infancias en las asociaciones civiles.

Estas últimas iniciativas fueron sancionadas en la misma jornada en que fueron aprobados otros dos proyectos vitales como la Ley de Presupuesto 2023 y la Ley Fiscal Impositiva durante una maratónica doble sesión que se dio en la madrugada del 16 de diciembre.

Senado bonaerense: alcohol cero al volante

El Senado bonaerense sancionó en la madrugada del viernes 16 de diciembre la ley de tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.

La norma prevé la incorporación y modificación de artículos de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer la prohibición de conducir a quienes hayan bebido alcohol. De esa manera, se elimina desde ahora el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre.

Asimismo, la ley de alcohol cero contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para conducir, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Las puniciones tienen diferentes grados de aplicación de acuerdo a los niveles de alcohol en sangre detectados.  

Desde ahora, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar. Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Durante el primer año de vigencia de la ley de alcohol cero, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre será sancionada únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.

Senado bonaerense: pirotecnia cero

El proyecto de pirotecnia cero prohíbe en artículo 3° la “comercialización, la venta al público mayorista o minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

Asimismo, la ley de pirotecnia cero introduce una regulación para los actos oficiales al prohibir “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

Es preciso mencionar, que el articulado de pirotecnia cero excluye de la prohibición a los “artificios de uso práctico” que se emplean en ferrocarriles, en transportes terrestres y aéreos, en sectores agropecuarios o industriales, en la navegación marítima y fluvial, y en las fuerzas de seguridad, y también los que se manipulan en casos de localización de personas, sistemas de seguridad, detección de incendios y emergencias, entre otros.

Por otro lado, la ley de pirotecnia cero establece “multas de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la provincia de Buenos Aires” para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que vendan “en forma mayorista o minorista” artificios o cohetería. El dinero recaudado irá para campañas de concientización y capacitaciones para el personal de control.

Senado bonaerense: ley de identidad de origen

Ley de Identidad de Origen, que busca garantizar el acceso a ese derecho primario a través de una serie de herramientas destinadas a las personas que estén buscando a sus familias, fue sancionada en el Senado bonaerense luego de sufrir modificaciones durante su tratamiento en Cámara baja.

La iniciativa crea “tres vías protegidas” para que las personas que fueron privadas de su identidad biológica pueden conocer la misma: una judicial, una administrativa a cargo del Poder Ejecutivo, y una particular a la que pueden optar los buscadores con el apoyo del Estado para acceder a los archivos que puedan servir para descubrir sus familias biológicas.

La propuesta legislativa se asienta sobre los principios de informalidad (no será necesario un patrocinio de un letrado); de celeridad (se deberá dar pronta respuesta a las solicitudes); de gratuidad (no se cobrarán tasas); de responsabilidad; de confidencialidad (habrá estricta reserva sobre el peticionante); de tutela efectiva; de máxima información; de buena fé; y de no discriminación.

La Ley de Identidad de Origen también establece el impulso de campañas de concientizaciónmecanismos de control para garantizar el cumplimiento de la norma, capacitaciones a los organismos de la administración pública, convenios de cooperación y la adecuación de normativas en caso de ser necesario.  

En su artículo 9° la Ley de Identidad de Origen resuelve que “el legitimado, el magistrado interviniente y/o la autoridad de aplicación, podrán acceder a los datos contenidos en registros de hospitales, historias clínicas de parturientas, libros de partos, de nacimiento, de neonatología y de defunciones de establecimientos sanitarios de gestión pública o privada como así también la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires”.

Otro punto importante de la Ley de Identidad de Origen es que plantea la gratuidad de los estudios genéticos, en caso de ser requeridos. “Los efectores públicos de salud que cuenten con la infraestructura apropiada deberán prestar colaboración y asistencia para la realización gratuita de pruebas genéticas en el supuesto que el peticionante acredite no disponer de medios para sufragar tales estudios, de conformidad con la reglamentación”, define el proyecto.

Por último, Ley de Identidad de Origen también impone sanciones de 10 a cuarenta 40 salarios mínimos de la administración pública de la provincia de Buenos Aires, para los funcionarios públicos y los establecimientos privados que no cumplieran con los deberes establecidos en la presente ley.

Senado bonaerense: emergencia para empresas recuperadas

Durante la primera sesión ordinaria del año, el Senado bonaerense convirtió en ley la emergencia económica, financiera y tarifaria de las empresas recuperadas de la provincia de Buenos Aires, habida cuenta del particular impacto de la crisis económica.

“La critica situación actual pone en serie riesgo a estas empresas como fuentes productivas y de acceso a derechos para sus integrantes y para la comunidad en general. Esta realidad impacta en casos de empresas recuperadas consolidadas en el tiempo, pero también en casos que se han sumado como esfuerzo de trabajadores por sostener los puestos de trabajo en este grave escenario”, describen los considerandos de la propuesta del gobierno de Axel Kicillof.

En concreto, el proyecto establece la suspensión por dos años de la ejecución de sentencias de desalojo y la prohibición de los cortes de servicios públicos de distribución de energía eléctrica, de agua potable y desagües cloacales para las empresas recuperadas. Una vez sancionada la medida se podrá prorrogar por otros dos años.

Durante la misma sesión, el Senado bonaerense también sancionó los cambios a las leyes 14.393, 12.511 y 15.310 que regulan el reparto de fondos destinados a programas de viviendas y de género.

Este proyecto sirvió para transferir fondos del Ministerio de Infraestructura, bajo el comando del ex intendente Leonardo Nardini, al de Hábitat y Vivienda, a cargo de Agustín Simone, quién hasta el año pasado estuvo cargo de la cartera anterior mencionada.

En concreto, se trata de una serie de cambios a las legislaciones que regulan el Fondo Fiduciario Programa de Mejora de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires (PROMEI), el Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Plan de Infraestructura Provincial y el Fideicomiso del Programa “Desendeudadas”.

En términos económicos, el fondo está compuesto por el 10% de todas las multas por infracciones de tránsito en territorio provincial; los recursos provenientes de los Organismos Multilaterales de Créditos que le sean afectados; el producido de la emisión de títulos públicos para la construcción de Rutas de la Red Vial de la Provincia de Buenos Aires; el 45% de los Impuestos al Consumo de la Energía Eléctrica, Impuesto Adicional al Consumo de Energía Eléctrica; contribuciones, subsidios, legados o donaciones; y el 5% de los ingresos de la Verificación Técnica Vehicular.

Senado bonaerense: infancias respetadas

La iniciativa busca prevenir y erradicar la violencia y la discriminación ejercida contra los niños y niñas;  y garantizar el pleno ejercicio de su derecho al juego, la recreación y el deporte en el ámbito de las asociaciones civiles bonaerenses.

El proyecto de ley de Infancias Respetadas en las Asociaciones Civiles también promueve espacios de capacitacióninvestigaciónanálisis y producción de estrategias de sensibilización.

Se trata de una propuesta que presentó el senador de La Cámpora, Emmanuel González Santalla,en el Club Sportivo Dock Sud ante la comisión directiva, técnicos, padres y madres de la institución de Avellaneda.

El proyecto de ley de Infancias Respetadas en las Asociaciones Civiles también establece la elaboración de protocolos de abordaje en las asociaciones civiles de la provincia de Buenos Aires.

La intención es que esas herramientas sirvan para la prevención de situaciones de violencia y discriminación; basados en el respeto por la identidad de género, la orientación sexual, la apariencia física y las diferencias culturales y sociales.

Senado bonaerense: consumidores hipervulnerables

Durante la última sesión del Senado bonaerense, también fueron sancionadas las modificaciones en el Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios y la actualización de multas por incumplimientos de las empresas que sancionó la semana pasada la Legislatura bonaerense.

La iniciativa de autoría de la senadora del Frente de Todos, Gabriela Demaría, prevé la inclusión de una nueva figura que busca proteger los derechos de los colectivos más desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros, que se vean afectadas por circunstancias que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores.

La propuesta, establece que las medidas de protección deberán “acentuarse respecto de los consumidores hipervulnerables que pertenezcan a colectivos sociales afectados por causales de vulnerabilidad agravada, desfavorecidos o en desventaja, tales como las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad, entre otros, que se vean afectadas por circunstancias que provoquen especiales dificultades para ejercer con plenitud sus derechos como consumidores”.

Asimismo, dispone sanciones más severas en infracciones contra estas personas, que podrán hasta duplicarse en razón de la situación. A valores actuales, el tope de la multa pasa de $500 mil a más de $309 millones. “Luego de 18 años, la actualización de la multa tiene una trascendencia enorme en materia de derecho del consumo, ya que un monto exiguo no genera motivación para que las empresas cumplan”, remarcó Demaría.

Además, las modificaciones implican una actualización de las multas y sanciones aplicables al procedimiento de Defensa del Consumidor de la provincia de Buenos Aires, cuyos montos fueron fijados en el año 2004 en un rango de $100 a $500.000 y que no habían sido actualizados desde entonces.

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